El artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. señala que " El registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible.". En cumplimiento de lo establecido en este artículo se ofrece la fecha y hora oficial de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior.
Puede, además, comprobar la hora y fecha oficiales en el Real Instituto y Observatorio de la Armada (ROA)
El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración General del Estado fijará, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial, que ha sido fijado en la Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2022 (BOE-A-2021-17113).
De acuerdo con el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.
En cumplimiento de lo establecido en este artículo se consideran inhábiles para el año 2022, a efectos de los procedimientos y trámites relativos al Registro electrónico del Ministerio, los días detallados en la Resolución de 24 de noviembre de 2021 (BOE-A-2021-19799), de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece, a efectos a cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2022.